“Acto de reconocimiento de la independencia y soberanía, de la republica de Paraguay, por el Ministro de su majestad, el emperador de Brasil”.
En el verso decreto del presidente del Paraguay, Carlos Antonio López, de la misma fecha, mandando publicar con solemnidad la traducción fiel del citado documento, sellado con el sello nacional y archivado por la secretaria de relaciones exteriores.
Acuse de recibo de fecha 5 de noviembre del Cónsul Gral. del Brasil a la nota del Ministro.
Santos Barbosa, Amaro José dosAnexo de un documento de José Pedro, referente a la comisión brasilera de exploración de ríos Ygatimi, Escopil y Yputar.
Carvalho Borges, Antonio Pedro deApuntes sobre la correspondencia de Castro con el excelentísimo. Señor Presidente y el Ministro de Gobierno de la República.
Se refiere a partes de la correspondencia intercambiada entre Manuel Moreira de Castro, Cónsul General del Paraguay en el Brasil, Carlos Antonio López, Presidente del Paraguay y su Ministro de Gobierno sobre la compra de la maquinaria hecha a la casa Emery, por autorización de Juan Andrés Gelly, y cual no confirmara la compra.
Autorización del gobierno de la República del Paraguay a Don Juan Andrés Gelly, encargado de negocios en la corte del Brasil, para poder tomar fondos por cuenta del tesoro y un recibo y cuenta del banco comercial del Brasil de 42. 000.000, en dos letras del tesoro.
López, Carlos AntonioAviso de recibo por el Ministro de Relaciones Exteriores del Perú al de la Republica de los ejemplares de colección de piezas oficiales relativas a las cuestiones Paraguayo- Brasileñas.
Queirós, FranciscoAviso del Cónsul General del Paraguay en el Paraná relativo al regimiento brasileño Decoud.
Contenido:
- Oficio al Presidente del Paraguay, Carlos Antonio López, comunicando que el regimiento brasileño al salir de Montevideo paso por la isla de Martin García, debiendo subir el Rio Paraná a juzgar por la cantidad de víveres y armas que lleva a la Argentina se ofreció como mediadora en la cuestión con el Paraguay, en cuanto que las provincias de entre ríos y corrientes ya sabían de la venida de este regimiento y de su opinión que el Paraguay debe hacer un acuerdo con el Brasil, con el fin de que no se transforme en un protectorado como aconteció con el Uruguay. Original.
Protectorado: situación de un estado puesto sobre la autoridad de otro, particularmente referido a la política externa. - Oficio al Ministro de Relaciones Exteriores del Paraguay, José Falcón, transmitiendo las noticias de entrevista que tuvo con el Vice Presidente de la Confederación Argentina, Salvador María del Carril, sobre la cuestión brasileña, porque el Brasil rechazó un acuerdo en 1849 y ahora sin aviso previo, envía un regimiento al río Paraguay, a la confederación pretendiendo el permiso del territorio perteneciente a Paraguay, que dejo que ese regimiento pasase libremente, a pesar de las protestas de la prensa de Buenos Aires.
Billete de Jose Berges, Ministro de Relaciones Exteriores de Paraguay, a Amaro Jose dos Santos Barbosa, Cónsul General de Brasil.
Berges, José (Diplomático)Billete de Jose Berges, Ministro de Relaciones Exteriores de Paraguay, a Amaro Jose dos Santos Barbosa, Cónsul General del Brasil.
Berges, José (Diplomático)Borradores que ha llevado y devuelto el plenipotenciario paraguayo en Brasil. Rio de janeiro 1855 – 1856. Copias. 10 documentos. 34 x 22 cm. En lo alto del título existen, minutas de notas que Berges debía dirigir a gobierno imperial dados ciertos casos, del puño del Barón de Rio Branco.
Contenido:
- Del plenipotenciario paraguayo en Rio de Janeiro a José María da Silva Paranhos, ministro de los negocios extranjeros del Brasil, solicitando que adhiriese por seis meses la declaración de guerra al gobierno paraguayo, para no herir los intereses comerciales de las potencias neutras en ese país. Rio de janeiro.
- De José Berges al Ministro de los Negocios Extranjeros del Brasil lamentando el fracaso de las negociaciones entre los dos países y solicitando los pasaportes para sí y la comitiva.
3.Del Plenipotenciario Paraguayo al Ministro Brasileño lamentando que el gobierno de Brasil tenga una recusación sobre los arbitrajes sugeridos y las concesiones del gobierno paraguayo en la solución de divergencias existentes, y procurando informarse si la ruptura de las negociaciones llevaría a la guerra entre ambos países. Rio de janeiro, en febrero de 1856. - Oficio circular de José Berges, dirigido al caballero de ST. Georges Ministro de Francia en el Brasil informando sobre el fracaso de las negociaciones entabladas para la solución de las divergencias Brasil – Paraguay, y comunicando el ultimátum que recibirá su país del gobierno imperial y que la guerra eminentemente afectaría el comercio que las naciones neutras mantenían con el Paraguay.
- De Berges al Ministro de los negocios extranjeros del Brasil juntando la copia del proyecto del tratado de comercio, navegación y limites a ser firmados con el Brasil. Rio de Janeiro.
- De Berges al Ministro de Francia en el Brasil comunicando las dificultades surgidas en las negociaciones con el Brasil y solicitando la intervención del Emperador Luis Napoleón de Francia como mediador.
- Del Plenipotenciario Berges al almirante brasileño en el comando de la escuadra del Plata y el Paraná, informando sobre su nominación para Plenipotenciario del Paraguay y solicitando no llevase su formación, su grupo hasta el Paraguay porque podría perjudicar las negociaciones diplomáticas existentes entre los dos países.
- Oficio de Berges a Silva Paranhos solicitando entrevista para tratar los asuntos referentes a las cuestiones de límites, comercio y navegación entre ambos estados. Rio de janeiro.
- De Berges al Ministro de los extranjeros del Brasil enviando la copia de sus credenciales solicitando audiencia para entregarlas al emperador Don Pedro II Rio de Janeiro.
10.De José Berges al Ministro de los asuntos extranjeros, informando que el gobierno paraguayo accederá a la supresión del artículo 21 del tratado firmado en Asunción en el día 27 de abril de 1855, conforme el deseo del gobierno imperial proponiendo que para las cuestiones de límites fuese empleado el arbitraje al contrario del principio de,
“uti – possidetis”. Rio de Janeiro, febrero de 1856.