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PY ANA ANA-AHRP-PY-668-1-2 · Item · 1852-05-07

Oficio de Paulino José Soares de Souza, ministro de negocios extranjeros del Brasil al presidente del Paraguay, Carlos Antonio López, acusando el recibimiento de la carta del 15 de enero de 1852, sobre motivos por los cuales el Paraguay no se adhirió al convenio de 21 de noviembre de 1851 y haciendo varias consideraciones en torno de las relaciones entre los dos países.

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PY ANA ANA-AHRP-PY-865-1-3 · Item · 1854-01-22

Carta de Francisco Solano López, a Manuel Moreira de Castro, Cónsul general del Paraguay, en el Rio de Janeiro, comunicando el grande pesar que le causo el incidente ocurrido en el Paraguay, con Felipe José Pereira Leal, encargado de los negocios en Brasil, en ese país, esperando que el mismo acontecimiento no fuese a interrumpir las buenas relaciones entre el Brasil y aquella Republica.

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PY ANA ANA-AHRP-PY-1002-1-2 · Item · 1854-12-19

Carta confidencial de Pedro J. Miranda al Cónsul del Paraguay en Buenos Aires, Buenaventura Decoud, comunicando que el Señor Bernardo Balcarce, llegando de Rio de Janeiro, se encontraba en esta ciudad trayendo comunicaciones de la corte Brasileña de mucha importancia para el Presidente del Paraguay, Carlos Antonio López, que habrían sido interceptadas por el Ministro o Cónsul Brasileño.

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PY ANA ANA-AHRP-PY-1012-1-10 · Item · 1855 - 1856

Borradores que ha llevado y devuelto el plenipotenciario paraguayo en Brasil. Rio de janeiro 1855 – 1856. Copias. 10 documentos. 34 x 22 cm. En lo alto del título existen, minutas de notas que Berges debía dirigir a gobierno imperial dados ciertos casos, del puño del Barón de Rio Branco.
Contenido:

  1. Del plenipotenciario paraguayo en Rio de Janeiro a José María da Silva Paranhos, ministro de los negocios extranjeros del Brasil, solicitando que adhiriese por seis meses la declaración de guerra al gobierno paraguayo, para no herir los intereses comerciales de las potencias neutras en ese país. Rio de janeiro.
  2. De José Berges al Ministro de los Negocios Extranjeros del Brasil lamentando el fracaso de las negociaciones entre los dos países y solicitando los pasaportes para sí y la comitiva.
    3.Del Plenipotenciario Paraguayo al Ministro Brasileño lamentando que el gobierno de Brasil tenga una recusación sobre los arbitrajes sugeridos y las concesiones del gobierno paraguayo en la solución de divergencias existentes, y procurando informarse si la ruptura de las negociaciones llevaría a la guerra entre ambos países. Rio de janeiro, en febrero de 1856.
  3. Oficio circular de José Berges, dirigido al caballero de ST. Georges Ministro de Francia en el Brasil informando sobre el fracaso de las negociaciones entabladas para la solución de las divergencias Brasil – Paraguay, y comunicando el ultimátum que recibirá su país del gobierno imperial y que la guerra eminentemente afectaría el comercio que las naciones neutras mantenían con el Paraguay.
  4. De Berges al Ministro de los negocios extranjeros del Brasil juntando la copia del proyecto del tratado de comercio, navegación y limites a ser firmados con el Brasil. Rio de Janeiro.
  5. De Berges al Ministro de Francia en el Brasil comunicando las dificultades surgidas en las negociaciones con el Brasil y solicitando la intervención del Emperador Luis Napoleón de Francia como mediador.
  6. Del Plenipotenciario Berges al almirante brasileño en el comando de la escuadra del Plata y el Paraná, informando sobre su nominación para Plenipotenciario del Paraguay y solicitando no llevase su formación, su grupo hasta el Paraguay porque podría perjudicar las negociaciones diplomáticas existentes entre los dos países.
  7. Oficio de Berges a Silva Paranhos solicitando entrevista para tratar los asuntos referentes a las cuestiones de límites, comercio y navegación entre ambos estados. Rio de janeiro.
  8. De Berges al Ministro de los extranjeros del Brasil enviando la copia de sus credenciales solicitando audiencia para entregarlas al emperador Don Pedro II Rio de Janeiro.
    10.De José Berges al Ministro de los asuntos extranjeros, informando que el gobierno paraguayo accederá a la supresión del artículo 21 del tratado firmado en Asunción en el día 27 de abril de 1855, conforme el deseo del gobierno imperial proponiendo que para las cuestiones de límites fuese empleado el arbitraje al contrario del principio de,
    “uti – possidetis”. Rio de Janeiro, febrero de 1856.
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