Decreto del Dictador de Paraguay, José Gaspar Rodríguez de Francia, sobre el pago de permiso de públicos.
UntitledSanctissimi in xpto patria et domini nostri benedicti decimi tertii pont. Max constituto. Pro institutione archiconfraternitatis conceptionis deipare virginis in huis ecclesia urbana de ara – coeli convent.
Fratris minoris, qui de observantia nuncupanur. Rome.
Se refiere a la fundación de la Archicofradía de la Concepción en el convento de los franciscanos en Asunción.
UntitledDecreto de José Gaspar Rodríguez de Francia, Dictador del Paraguay, declarando ser necesaria la anuencia expresa del gobierno en los casos de casamientos de extranjeros, y que esta determinación se extiende a todos los que no sean naturales de la república.
UntitledOficio de José León Ramírez, delegado de Itapúa, a José Gaspar Rodríguez de Francia, Dictador del Paraguay, refiriéndose a las providencias relativas a la captura de indios y chinos dispersos en la región.
UntitledNota de José Gaspar Rodríguez de Francia, Dictador del Paraguay, a José León Ramírez, delegado de Itapúa, sobre su modo de proceder con relación a la cobranza de impuestos, etc.
UntitledOficio de José León Ramírez, delegado de Itapúa, a José Gaspar Rodríguez de Francia, Dictador del Paraguay, comunicando la multa aplicada al español Antonio Martínez y al Sargento Blas Brito por motivo de la transacción comercial ilícita.
UntitledNota de Ramón de León a José León Ramírez, delegado de Itapúa, refiriéndose a las transacciones financieras.
UntitledDeclaración del Sargento de la Compañía de Cazadores, Pedro Pablo Aquino, relativa al recibimiento de un cargamento destinado a la Tesorería y que le fue enviado por el delegado de Itapúa para ser conducido a Asunción, donde quedaría a disposición del Dictador.
UntitledNota de Ramón de León a José León Ramírez, delegado de Itapúa, refiriéndose a la cobranza de impuestos sobre tejidos.
UntitledRazón de los fondos existentes en las arcas de la Tesorería General en el caudal efectivo, en débitos en dinero efectivo, en vestuario, efectos y especias, y en alhajas de oro y plata, según el cotejo y tanteo que hemos practicado en esta fecha.
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