Oficio del Secretario del Departamento de Estado de los Estados Unidos, Willian Learned Marcy, a José Falcón, Ministro de Relaciones Exteriores del Paraguay, acusando el recibimiento del oficio enviado por este conjunto con otros documentos e informando haber llevado a conocimiento del presidente de los Estados Unidos los términos de aquel oficio, que demostró satisfacción con el deseo del gobierno paraguayo de mantener y robustecer la amistad entre los dos países
UntitledOficio de José Falcón Ministro secretario de Relaciones Exteriores del Paraguay, a Charles A. Henderson cónsul de Inglaterra en el Paraguay, informando haber recibido el oficio de este, juntamente con los diarios de Londres que notificaron el decreto del Bloqueo del Báltico, Mar Blanco y los puertos de Rusia, por Inglaterra y Francia, empeñadas en lucha con aquella nación, habiendo llevado a conocimiento del presidente de Paraguay, el cual le ordenara agradecer la información de tan importante noticia.
UntitledCarta confidencial de Pedro J. Miranda al Cónsul del Paraguay en Buenos Aires, Buenaventura Decoud, comunicando que el Señor Bernardo Balcarce, llegando de Rio de Janeiro, se encontraba en esta ciudad trayendo comunicaciones de la corte Brasileña de mucha importancia para el Presidente del Paraguay, Carlos Antonio López, que habrían sido interceptadas por el Ministro o Cónsul Brasileño.
UntitledUna nota de D. Edward Weber al Ministro de R.E. de la República del Paraguay solicitando el favor de su nombramiento en el carácter de cónsul de la República en Hamburgo y otra del Caballero Federico Gulich encargado de negocios de Prusia en Chile y en misión especial en los países del plata solicitando igualmente el nombramiento de D. Arturo Blanck de Cónsul del Paraguay en Prusia con residencia en Elberfed.
UntitledBorradores que ha llevado y devuelto el plenipotenciario paraguayo en Brasil. Rio de janeiro 1855 – 1856. Copias. 10 documentos. 34 x 22 cm. En lo alto del título existen, minutas de notas que Berges debía dirigir a gobierno imperial dados ciertos casos, del puño del Barón de Rio Branco.
Contenido:
- Del plenipotenciario paraguayo en Rio de Janeiro a José María da Silva Paranhos, ministro de los negocios extranjeros del Brasil, solicitando que adhiriese por seis meses la declaración de guerra al gobierno paraguayo, para no herir los intereses comerciales de las potencias neutras en ese país. Rio de janeiro.
- De José Berges al Ministro de los Negocios Extranjeros del Brasil lamentando el fracaso de las negociaciones entre los dos países y solicitando los pasaportes para sí y la comitiva.
3.Del Plenipotenciario Paraguayo al Ministro Brasileño lamentando que el gobierno de Brasil tenga una recusación sobre los arbitrajes sugeridos y las concesiones del gobierno paraguayo en la solución de divergencias existentes, y procurando informarse si la ruptura de las negociaciones llevaría a la guerra entre ambos países. Rio de janeiro, en febrero de 1856. - Oficio circular de José Berges, dirigido al caballero de ST. Georges Ministro de Francia en el Brasil informando sobre el fracaso de las negociaciones entabladas para la solución de las divergencias Brasil – Paraguay, y comunicando el ultimátum que recibirá su país del gobierno imperial y que la guerra eminentemente afectaría el comercio que las naciones neutras mantenían con el Paraguay.
- De Berges al Ministro de los negocios extranjeros del Brasil juntando la copia del proyecto del tratado de comercio, navegación y limites a ser firmados con el Brasil. Rio de Janeiro.
- De Berges al Ministro de Francia en el Brasil comunicando las dificultades surgidas en las negociaciones con el Brasil y solicitando la intervención del Emperador Luis Napoleón de Francia como mediador.
- Del Plenipotenciario Berges al almirante brasileño en el comando de la escuadra del Plata y el Paraná, informando sobre su nominación para Plenipotenciario del Paraguay y solicitando no llevase su formación, su grupo hasta el Paraguay porque podría perjudicar las negociaciones diplomáticas existentes entre los dos países.
- Oficio de Berges a Silva Paranhos solicitando entrevista para tratar los asuntos referentes a las cuestiones de límites, comercio y navegación entre ambos estados. Rio de janeiro.
- De Berges al Ministro de los extranjeros del Brasil enviando la copia de sus credenciales solicitando audiencia para entregarlas al emperador Don Pedro II Rio de Janeiro.
10.De José Berges al Ministro de los asuntos extranjeros, informando que el gobierno paraguayo accederá a la supresión del artículo 21 del tratado firmado en Asunción en el día 27 de abril de 1855, conforme el deseo del gobierno imperial proponiendo que para las cuestiones de límites fuese empleado el arbitraje al contrario del principio de,
“uti – possidetis”. Rio de Janeiro, febrero de 1856.
Recibo de Henrique A Laplace, corresponde a un débito de Benigno López.
UntitledOficio del Cónsul de Gran Bretaña en Asunción, Henderson Charles Alfred, al Ministro de Relaciones Exteriores del Paraguay, José Falcón, solicitando datos estadísticos bien exactos sobre el Paraguay, de acuerdo con un cuestionario organizado por el gobierno británico.
UntitledCarta de Bonifacio Tapiola al general Francisco Solano López, pidiendo que le conceda una audiencia.
UntitledOficio del cónsul de Paraguay en Paraná, Pedro Nolasco Decoud, al presidente del Paraguay, Carlos Antonio López, anunciando que en el mismo día de su llegada su nominación fue aprobada por el gobierno de la Confederación y que ya solicitó la creación de un vice consulado en corrientes, al respecto de la venta de cueros, cree que no es ventajosa su exportación para la Confederación y que buenos aires debe ser un mejor mercado, ordeno a todos los súbditos paraguayos en Corrientes, que se registraron en ese consulado.
UntitledOficio del cónsul Británico en el Paraguay, Charles Alfred Henderson, al Ministro de Relaciones Exteriores, José Falcón, pidiendo que el navío ingles “Buenos Aires” obtenga su despacho mismo sin el visto del consulado de Buenos Aires, porque los navíos están liberados de esa exigencia, y también porque las reglas de puerto de un país no pueden exigir que los agentes de otro gobierno cumplan esta formalidad.
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