Decreto de José Gaspar Rodríguez, Primer Cónsul del Paraguay, dando órdenes a los administradores, corregidores y cabildo, sobre el concurso que deben dar los indígenas para la conservación de las calles.
Anexo: oficio de Vicente Antonio Díaz Moreno y Juan Bautista Rivarola participando al dictador de haber sido dadas las providencias para el cumplimiento de las órdenes del referido decreto.
Decreto original del General Rivera en fecha del 21 de noviembre de 1838 en Montevideo, señalando el sueldo a su médico y del ejército a su cargo, Bernardo Constatt.
Untitled1- Real decreto sobre concubinato y modo de administrar el auxilio del brazo secular por los jueces eclesiásticos, y que debe ser observado en las colonias de América. (dominios de las Indias) copia autenticada, hecha en Asunción, Febrero de 1810.
2- Real decreto de la “junta central suprema del gobierno de España y las indias” en nombre del rey Fernando VII a propósito de la observancia, en las colonias españolas, de los reales decretos, incluso sobre la creación del supremo consejo de España y las Indias.
3- Oficio del obispo Pedro García de pane a Rafael Antonio Tullo, enviando los testimonios de la real cedula que creó el consejo de regencia de España, en las indias.
4- Oficio del mismo para el mismo, al respecto de las prescripciones relativas al casamiento de las personas sujetas a jurisdicción militar.
5- Ídem, al respecto de un proceso contra Salvador Aquino, acusado de actos de superstición.
6- Carta personal del mismo obispo Pedro García de Pane a Rafael Tullo, al respecto de ejercicios espirituales y rezos que deben ser hechos por la aflictiva situación de España, durante la invasión napoleónica.
Decreto de José Gaspar Rodríguez de Francia, Dictador del Paraguay, ordenando festividades conmemorativas del Día de la Asunción de la Virgen María, patrona de Paraguay.
UntitledDecreto de José Gaspar Rodríguez de Francia, Dictador del Paraguay, determinando que los muebles, adornos y otras pertenencias de la Iglesia de la Encarnación, situada en Asunción, sean transportados para la del extinto convento de los religiosos dominicanos, viendo que el templo está amenazado y en ruinas.
UntitledLegajo que contiene un decreto de la Junta de Gobierno del Paraguay del 31 de octubre de 1811, publicado por un bando en que da a saber al público haber concluido y firmado felizmente un tratado de unión y alianza con Buenos Aires por medio de sus representantes el 12 de octubre de 1811, en copias autorizadas por los miembros del mismo gobierno. Siguen las notas intercambiadas entre los representantes enviados de Buenos Aires, Belgrano y Echeverría, con la Junta de Gobierno del Paraguay, en copias también legalizadas, así cómo dos ejemplares del mencionado tratado del 12 de octubre legalizado, una nota de la Junta de Buenos Aires en copia su foja del 1º de octubre del mismo año, y, últimamente, un decreto circular expedido por la junta con fecha cívica en los días 15 de mayo y el 20 de junio, el 1º por haber sido el día del primer pronunciamiento de nuestra libertad política y el 2º por la instalación del primer gobierno patrio.
UntitledDecreto del Dictador de Paraguay, José Gaspar Rodríguez de Francia, sobre el pago de permiso de públicos.
UntitledDecreto de José Gaspar Rodríguez de Francia, Dictador del Paraguay, declarando ser necesaria la anuencia expresa del gobierno en los casos de casamientos de extranjeros, y que esta determinación se extiende a todos los que no sean naturales de la república.
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